CESION DE CUOTAS SOCIALES. RADIODIFUSION. CX 235 FM CORDIALIDAD. TINTAGE S.A.




Promulgación: 22/07/2003
Publicación: 31/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 213
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC) por la cual el señor Gustavo David Sarquis Victal, 
solicita se le autorice la transferencia de la titularidad de la Difusora 
que opera en la frecuencia FM 94.9 Mhz., Canal 235, CX 235 FM 
CORDIALIDAD, de la localidad de Guichón, departamento de Paysandú a favor 
de la empresa "TINTAGE S.A.".

   RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 
73.106) de 4 de octubre de 1994, se autorizó al gestionante el uso de la 
frecuencia 94.9 Mhz. para operar una estación en la localidad antes 
citada.

   CONSIDERANDO: que habiéndose cumplido con todos los extremos previstos 
por la normativa aplicable, no existen inconvenientes para autorizar lo 
solicitado.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 
17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 
1978, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

   Autorízase la transferencia de la titularidad de la Difusora que 
opera en la frecuencia FM 94.9 Mhz., Canal 235, CX 235 FM CORDIALIDAD, 
del señor Gustavo David Sarquis Victal, de la localidad de Guichón, 
departamento de Paysandú, a la empresa "TINTAGE S.A.".

Referencias al numeral

2

 La Sociedad de referencia se encuentra integrada únicamente por el señor 
Gustavo David Sarquis Victal.

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.

BATLLE - YAMANDU FAU


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