EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DEL CONJUNTO MUSICAL "ROLLING STONES"




Promulgación: 03/11/2015
Publicación: 13/11/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la actuación del conjunto musical "Rolling Stones" que se llevará a cabo el día 16 de febrero de 2016 en la ciudad de Montevideo.

   RESULTANDO: I) que el evento a realizarse tiene una indudable trascendencia turística.

   II) que el mismo ha sido declarado de interés nacional por parte del Ministerio de Turismo.

   III) que se ha cumplido con las condiciones que establece el Decreto N° 31/014 de 11 de febrero de 2014.

   CONSIDERANDO: conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de realización de la referida actuación.

   ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones personales generadas por la actuación del conjunto musical "Rolling Stones" que se llevará a cabo el día 16 de febrero de 2016 en la ciudad de Montevideo.

   RAÚL SENDIC - PABLO FERRERI - LILIAM KECHICHIAN
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