APROBADO POR DECRETO N° 194/997


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 10/06/1997
Publicación: 20/06/1997
Aprobado/a por: Decreto Nº 194/997 de 10/06/1997 (actualizado hasta 
1/06/2012).

 Texto Ordenado sustituido por:  TOCAF 2012 de 11/05/2012.

NORMAS CONCORDANTES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo 147

   Transfórmase la denominación del Programa 003 "Asesoramiento y
Auditoría Intermitente" y de la Unidad Ejecutora "Inspección General de
Hacienda" por el Programa 103 "Control Interno Posterior", Unidad
Ejecutora "Auditoría Interna de la Nación". El Poder Ejecutivo, a
propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, adecuará la estructura
orgánica de la referida Unidad Ejecutora "Auditoría Interna de la 
Nación". 
   Transfórmase el cargo de Inspector General de Hacienda por el de
Auditor Interno de la Nación, que será provisto de acuerdo con el régimen
establecido por el artículo 7° de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de
1992. El Poder Ejecutivo determinará la forma y oportunidad en que las
dependencias de la Administración Central que desempeñen cometidos afines
a los que se le asignan a la Auditoría Interna de la Nación por la
presente ley, pasarán a la órbita de ésta con el objetivo de evitar
duplicaciones.

   Fuente: ley 16.736, de 5/ene/996, artículo 45.
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