T.O. 1996 (DGI)
APROBADO POR DECRETO Nº 338/996
Documento actualizado durante su vigencia
Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma
Tributaria).
Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).
TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 34 - ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DE NUEVA ZELANDA EN MATERIA DE COOPERACION ECONOMICA - COMERCIAL Y CIENTIFICA - TECNOLOGICA
Artículo 132-T2
Cualquier diferencia relativa a la ejecución de proyectos y demás
actividades de cooperación será resuelta en forma amistosa a través de
consultas entre las partes directamente interesadas.
Fuente: Ley 16.564 de 19 de agosto de 1994, artículo único (Acuerdo entre
el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de
Nueva Zelandia, en materia de cooperación económica-comercial y
científica-tecnológica, contenido en las Notas Reversales de 9 y
20 de noviembre de 1989, artículos I al V inclusive).
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