APROBADO POR DECRETO Nº 338/996


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
      T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma 
Tributaria).

Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7 
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).

TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 51 - CONVENIO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD - ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES

Artículo 248-T2

   Privilegios e inmunidades del personal.- Los privilegios e inmunidades
establecidos en los artículos anteriores no se aplican a los nacionales
uruguayos que desempeñan funciones en la Oficina Sanitaria Panamericana,
salvo la inmunidad de jurisdicción respecto de los actos que ejecuten y
expresiones orales o escritas que emitan, en el desempeño de sus 
funciones, e inviolabilidad de sus papeles relacionados con la 
Organización. 

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