TITULO 6 - IMPUESTO A LOS INGRESOS DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS
Título sustituido (este Título regulaba el Impuesto a los Ingresos de
las Compañías de Seguros).
Artículo 3-T6
Sujetos pasivos.- Son contribuyentes de este impuesto el Banco
de Seguros del Estado y las demás entidades aseguradoras, sus agencias,
sucursales o establecimientos.
Son responsables de este impuesto quienes intervengan en
operaciones gravadas con entidades aseguradoras que no estén autorizadas
o habilitadas a operar en el país. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 558.
Reglamentado por:
Decreto Nº 159/001 de 07/05/2001 artículos 1, 2, 3 y 4,
Decreto Nº 49/001 de 22/02/2001 artículos 2, 3, 4 y 5.
Ver en esta norma, artículo:6 - Título 7.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996 (Título 6).
Fuente/s del texto original: Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículo 133.