TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL Capítulo IV - Facultades de la Dirección General Impositiva
Artículo 126-T1
Datos personales. Ley N° 19.484.- A los efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley N° 19.484, de 5 de enero de 2017, no regirán las limitaciones dispuestas en la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 18.331, toda persona podrá solicitar el acceso a sus datos en poder de la Administración Tributaria con la finalidad de controlarlos, verificarlos y rectificarlos.
Fuente: Ley 19.484 de 5 de enero de 2017, artículo 18° (Texto
integrado).