APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
Capítulo IV - Facultades de la Dirección General Impositiva

Artículo 136-T1

   Publicidad. Certificado Único.- Facúltase a la Dirección General Impositiva (DGI) a publicar el estado del certificado único a que hace referencia el artículo 149° de este Título, y alguno o todos los datos que constan en el mismo.

   Fuente: Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 66° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
Ayuda