APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 12 - IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS)
Capítulo V - Otras disposiciones

Artículo 13-T12

   Régimen especial de facilidades de pago.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a los sujetos pasivos del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), el régimen de facilidades previsto en los artículos 11° y siguientes de la Ley N° 17.555, de 18 de setiembre de 2002, respecto de las obligaciones tributarias del referido impuesto cuyo hecho generador se haya configurado hasta el 31 de diciembre de 2022. 

   Quedan incluidas en lo dispuesto en este artículo las infracciones tributarias previstas en la Sección Primera del Capítulo Quinto del Código Tributario, con excepción de la tipificada en el artículo 96° del referido Código.

   Fuente: Ley 20.212 de 6 de noviembre de 2023, artículo 578° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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