APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo I - Exoneraciones genéricas en favor de diversas personas e instituciones de derecho privado

Artículo 14-T3

   Instituciones hípicas. Alcance de la exoneración.- Decláranse incluidas en el artículo 1° inciso 2° de este Título, a las instituciones comprendidas en el artículo anterior, exceptuándose de la exoneración los aportes a los organismos de previsión social. (*)

   Fuente: Ley 13.892 de 19 de octubre de 1970, artículo 495° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
Referencias al artículo
Ayuda