TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION IV - DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS CONTRIBUYENTES Capítulo I - Disposiciones generales
Artículo 180-T1
Relaciones con el Contribuyente y el Usuario.- El funcionario de la Dirección General Impositiva (DGI) asumirá ante el contribuyente y el usuario en general una conducta cordial y profesional. Respetará activamente los derechos del ciudadano, brindando un servicio basado en la imparcialidad, igualdad y transparencia, en armonía con las funciones de control propias del organismo.
Fuente: Resolución de la Dirección General Impositiva 1809/2006 de 29
de diciembre de 2006, artículo 7° (Texto integrado).