TÍTULO 20 - Aporte Social Único de Personas Privadas de Libertad (PPL)
Artículo 21-T20
Ministerio del Interior. Informe evaluatorio anual. - El Ministerio del Interior (MI) deberá presentar anualmente al Parlamento un informe evaluatorio del Plan de Dignidad Laboral de las Personas Privadas de Libertad, como instrumento de inclusión, durante los primeros tres años desde su entrada en vigencia.
Fuente: Ley 19.996 de 3 de noviembre de 2021, artículo 102° (Texto
integrado).