APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 14 - IMPUESTO AL PATRIMONIO (IP)
CAPÍTULO V - ACTIVOS EXENTOS, EXCLUIDOS Y NO COMPUTABLES

Artículo 25-T14

   Notas de Crédito Hipotecarias.- Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer regímenes de tributación por las Notas de Crédito Hipotecarias creadas por la ley N° 18.574, de 14 de setiembre de 2009, que las equiparen progresivamente, teniendo en cuenta la moneda de emisión con el tratamiento impositivo dispensado por nuestro sistema tributario a los títulos de deuda pública en cuanto al gravamen de sus rentas y al patrimonio.

   Fuente: Ley 18.574 de 14 de setiembre de 2009, artículo 19° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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