APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo XXXIII - Rehabilitación integral de las personas con discapacidad

Artículo 283-T3

   Personas con discapacidad intelectual.- Quedan comprendidas en la Ley N° 13.102, de 18 de octubre de 1962, las personas con discapacidad intelectual. (*)

   Fuente: Ley 18.651 de 19 de febrero de 2010, artículo 91° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
Referencias al artículo
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