TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION VIII - VARIOS Capítulo I - Disposiciones varias
Artículo 289-T1
Recargos. Anulación acto de determinación.- En los casos de anulación total o parcial de actos de determinación dictados por la Dirección General Impositiva (DGI) por sentencia ejecutoriada del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), la generación de recargos por mora se suspenderá desde el momento en que se produjo el vicio que motivara la anulación hasta la notificación del nuevo acto de determinación que deviniera de la recomposición.
Fuente: Ley 19.631 de 22 de junio de 2018, artículo 6° (Texto
integrado).