APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION VIII - VARIOS
Capítulo I - Disposiciones varias

Artículo 289-T1

   Recargos. Anulación acto de determinación.- En los casos de anulación total o parcial de actos de determinación dictados por la Dirección General Impositiva (DGI) por sentencia ejecutoriada del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), la generación de recargos por mora se suspenderá desde el momento en que se produjo el vicio que motivara la anulación hasta la notificación del nuevo acto de determinación que deviniera de la recomposición.

   Fuente: Ley 19.631 de 22 de junio de 2018, artículo 6° (Texto
   integrado).
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