APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 4 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IRAE)
Capítulo IV - RENTA BRUTA

Artículo 28-T4

   Transmisiones patrimoniales provenientes de conversiones de empresas unipersonales en Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).- Para la determinación de la renta derivada de la transferencia futura de los bienes y derechos incorporados a la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), al amparo del artículo 46° de la Ley N° 19.820 de 18 de setiembre de 2019, se tomará como costo fiscal y momento de adquisición, el correspondiente a la adquisición por parte del titular que los aportó.

   Fuente: Ley 19.820 de 18 de setiembre de 2019, artículo 47°. (Texto
   parcial, integrado).
Referencias al artículo
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