TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION II - DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL Capítulo X - Prescripción
Artículo 50-T1
Cómputo del plazo.- Cuando no sea posible para el contribuyente determinar la cuantía de la obligación tributaria para los impuestos administrados por la Dirección General Impositiva (DGI), los plazos establecidos en el artículo 38° del Código Tributario comenzarán a computarse a partir de la terminación del año civil en que la misma hubiere quedado determinada.
Fuente: Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013, artículo 366° (Texto
integrado).