TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION II - DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL Capítulo XII - Reintegros
Artículo 58-T1
Vigencia.- El Poder Ejecutivo determinará la entrada en vigencia de los artículos 40° a 46° de la Ley N° 17.555, de 18 de setiembre de 2002.
Fuente: Ley 17.555 de 18 de setiembre de 2002, artículo 47° (Texto
integrado).