Texto Ordenado 2023 N° 101/024
APROBADO POR DECRETO Nº 101/024
Documento actualizado durante su vigencia
Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.
Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
ver referencias normativas en TODGI 1996
TÍTULO 11 - IMPUESTO ESPECÍFICO INTERNO (IMESI)
Capítulo I - NORMAS GENERALES
Artículo 5-T11
Contribuyentes.- Serán contribuyentes del impuesto los fabricantes y los importadores de los bienes gravados.
Las asociaciones y fundaciones cuando realicen operaciones gravadas en el desarrollo de las actividades a que se refiere el artículo 6° del Título 3 de este Texto Ordenado.
Fuente: Decreto-Ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, artículo 375°.
Ley 15.767 de 13 de setiembre de 1985, artículo 60°.
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