APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 6 - MONOTRIBUTO SOCIAL MIDES

Artículo 6-T6

   Régimen de adecuación.- Los contribuyentes que se encuentren comprendidos en las hipótesis a que refieren los artículos precedentes y estén tributando por un régimen distinto, podrán solicitar la inclusión en el régimen establecido de Monotributo Social MIDES.

   El Banco de Previsión Social (BPS), previo informe favorable del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), autorizará la inclusión dentro del presente régimen.

   Fuente: Ley 18.874 de 23 de diciembre de 2011, artículo 5°. (Texto
   integrado)
Referencias al artículo
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