TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo I - Exoneraciones genéricas en favor de diversas personas e instituciones de derecho privado
Artículo 7-T3
Establecimientos de asistencia médica.- Quedan comprendidos en los beneficios establecidos en el artículo 1° de este Título, los establecimientos de asistencia médica que en sus estatutos establezcan que no persiguen fines de lucro. (*)
Fuente: Ley 13.349 de 29 de julio de 1965, artículo 60° (Texto
parcial, integrado).