APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
SECCIÓN III - OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES
Capítulo LXXXIV - Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Dominicana

Artículo 84-T2-S.III-C.LXXXIV

   Artículo 287°.-
   Ambas Partes otorgarán todas las facilidades administrativas y fiscales necesarias para la entrada y salida del equipo y materiales que se utilizarán en la realización de proyectos, conforme a sus legislaciones nacionales.

   Fuente: Ley 18.715 de 24 de diciembre de 2010, artículo único (Acuerdo
   de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República
   Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Dominicana,
   suscrito en la ciudad de Montevideo, el 21 de agosto de 2001, artículo
   VII (Texto parcial, integrado)).
Referencias al artículo
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