APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 12 - IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS)
Capítulo IV - Liquidación

Artículo 9-T12

   Liquidación y pago.- La liquidación y pago se realizarán en las condiciones que fije el Poder Ejecutivo, el que queda facultado para establecer anticipos en el transcurso del ejercicio, pudiendo a tal fin utilizar otros índices además de los establecidos en el artículo 31° del Código Tributario, y sin las limitaciones dispuestas por el artículo 33° del Título 1 de este Texto Ordenado. (*)

   Fuente: Ley 18.314 de 4 de julio de 2008, artículo 9° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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