DECRETO CONSTITUCIONAL N° 9/979




Fecha de Publicación: 25/10/1979
Página: 225-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 9

El Poder Ejecutivo podrá establecer Comisiones Consultivas Honorarias integradas con representantes de los sectores comprendidos cuyas competencias serán determinadas por la reglamentación con arreglo a la naturaleza de estos organos. 
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