Fecha de Publicación: 25/01/1999
Página: 1574-C
Carilla: 32

VARIOS
MONTEVIDEO

CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO
Visto: el artículo 13 de la Ley Nº 15.785 del 4 de diciembre de 1985 y el
artículo 19 del Decreto 247/987 del 22 de mayo de 1987.
Resultando: que de acuerdo con el artículo 20 del mencionado Decreto
corresponde al Directorio establecer por resolución de carácter
declarativo el monto en el que queda fijado el capital autorizado en cada
reajuste.
Considerando: que el Indice General de los Precios al Consumo se
incrementó en 8,63% en el transcurso del año civil 1998.
Atento a lo expuesto, el Directorio de la Corporación Nacional para el
Desarrollo,
RESUELVE
1º) Declarar que el Capital Autorizado de la Corporación Nacional para el
Desarrollo es de dos mil setecientos setenta y nueve millones, treinta y
cuatro mil, ochocientos sesenta y ocho pesos uruguayos ($
2.779.034.868.-), a partir del 1 de enero de 1999.
2º) Publíquese en el Diario Oficial.
27)  $  336  1/p  10667  Ene 25-  Ene 25 (0046)
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