Aviso N° 17797/002
Fecha de Publicación: 02/05/2002
Página: 1465-C
Carilla: 81
VARIOS
MONTEVIDEO
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS
Acta No. 32
Montevideo, 24 de abril de 2002.
El Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios en sesión de la fecha resolvió:
"Visto: Estos obrados relativos al personal técnico de las Comisiones de
Apoyo de Programas Especiales de la Administración de los Servicios de
Salud del Estado (A.S.S.E.), dependientes del Ministerio de Salud
Pública.
Considerando: I) Que el Decreto 289/998 declaró que la actividad
desempeñada por quienes cumplen tareas en los establecimientos
asistenciales dependientes de ASSE, mediante contratos celebrados y
financiados por las Comisiones de Apoyo, se efectúa "en régimen de
subordinación". A posteriori el Decreto Nº 193/000 revocó el anterior,
dejando sin efecto el amparo al Banco de Previsión Social de dichos
profesionales.
II) Que éstos emiten facturas para la percepción de los correspondientes
haberes que les liquidan las Comisiones antes mencionadas.
III) Que en virtud de las múltiples consultas formuladas al respecto,
procede explicitar un criterio en base a las circunstancias expuestas y a
la normativa aplicable, con vigencia a partir de la presente resolución.
Se resuelve: 1.- Declarar que la actividad realizada por profesionales
universitarios para las Comisiones de Apoyo dependientes de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E.), mediante
la modalidad de facturación de honorarios, queda comprendida por esta
Caja.
2.- Establecer que la disposición referida en el numeral precedente, se
aplicará a partir de la fecha de la presente resolución.
3.- Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial."
/mim.
DANIEL RAFANIELLO, Jefe de Departamento de Secretarías.
27) $ 568 1/p 17797 May 02- May 02 (0140)
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