APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IX
REGÍMENES ADUANEROS ESPECIALES
CAPÍTULO VIII MUESTRAS

Artículo 143

 (Material de publicidad).-
1. Será de aplicación el régimen de muestras al material de publicidad.
2. Se considera material de publicidad todo artículo que tienda a divulgar
una marca, un nombre comercial o un evento de interés público o privado,
cuyo valor no supere el que fije al respecto la legislación aduanera.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 200/016 de 04/07/2016.
Referencias al artículo
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