Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.
TITULO XVI - INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS
CAPITULO UNICO
(Agravantes).- Se consideran agravantes: 1º El estado de ebriedad o de intoxicación voluntaria. 2º La reiteración de la infracción. 3º La reincidencia. 4º La habitualidad. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 363/994 de 16/08/1994.Ayuda