TITULO IV - AERONAVES CAPITULO IV - REGIMEN DE LA PROPIEDAD Y DE LOS DERECHOS REALES SECCION I - GENERALIDADES
Artículo 44
(Accesorios).- En la transferencia del dominio o en la constitución de
derechos reales se entenderán siempre comprendidos todos los equipos,
instalaciones y enseres que existan a bordo de la aeronave, salvo pacto
expreso en contrario.