LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO I - DE LOS CONTRATOS O DE LAS OBLIGACIONES COMERCIALES EN GENERAL CAPITULO I - DE LOS CONTRATOS Y OBLIGACIONES EN GENERAL
Artículo 202
Los contratos que exigen escritura para su validación, sólo se consideran
perfectos, después de firmada por las partes.
Mientras no haya sido firmada, cualquiera de las partes puede
arrepentirse y dejar sin efecto el contrato.