LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO I - DE LOS CONTRATOS O DE LAS OBLIGACIONES COMERCIALES EN GENERAL CAPITULO III - DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE OBLIGACIONES SECCION I - DE LAS OBLIGACIONES CONDICIONALES
Artículo 244
La condición resolutoria es la que, cuando se verifica, ocasiona la
revocación de la obligación, reponiendo las cosas al estado que habrían
tenido, si no hubiese existido la obligación.
Sin embargo, los derechos conferidos a tercero, pendiente la condición,
surtirán su efecto, a pesar de la resolución, siempre que la cosa les
hubiere sido entregada.