LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO II - DEL MANDATO Y DE LAS COMISIONES O CONSIGNACIONES CAPITULO I - DEL MANDATO
Artículo 316
Si el mandatario, teniendo fondos o crédito abierto del mandante,
comprase a nombre propio algún objeto que debiese comprar para el
mandante, por haber sido individualmente designado en el mandato, tendrá
éste acción para obligarle a la entrega de la cosa comprada.