LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO II - DEL MANDATO Y DE LAS COMISIONES O CONSIGNACIONES CAPITULO I - DEL MANDATO
Artículo 325
El mandatario que obra bajo este concepto, no es responsable a la otra
parte, sino cuando se obliga expresamente a ello, o cuando traspasa los
límites del mandato, sin darle conocimiento suficiente de sus poderes.
(*)Notas:
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2075.