LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO XII - DE LA PRENDA
Artículo 741
El contrato de prenda comercial es aquel por el cual el deudor o un
tercero a su nombre, entrega al acreedor una cosa mueble en seguridad y
garantía de una obligación comercial.
(*)Notas:
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2292.