APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO III - NORMAS PROCESALES
Título V - De los procesos incidentales
Capítulo 1 - Reglas generales

Artículo 136

   (Relación con el proceso principal).- El proceso incidental, como regla, no suspende el trámite del proceso principal, salvo si la ley o el tribunal así lo dispusiere, por entender que resulta indispensable para el adecuado diligenciamiento de aquel. Al ejercer esta facultad, el tribunal deberá aplicar un criterio restrictivo.

   La decisión podrá ser revisada en cualquier momento por el tribunal y, en ningún caso será apelable.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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