APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO II - NORMAS DE ORGANIZACIÓN
Título II - De la competencia de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 1 - Del Tribunal de lo Contencioso Administrativo

Artículo 18

   (Competencia en instancia única).- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo conocerá en instancia única de las demandas de nulidad de actos administrativos definitivos que produzcan efectos jurídicos generales, cualquiera sea la denominación que se les atribuya, y de aquellas que no correspondan a los tribunales inferiores.

   También entenderá en instancia única en las contiendas y diferencias a que refiere el artículo 313 de la Constitución.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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