APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO II - NORMAS DE ORGANIZACIÓN
Título II - De la competencia de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 3 - Del régimen de funcionamiento

Artículo 25

   (Funcionamiento durante las Ferias).- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo designará el Ministro que deba actuar durante las Ferias, y este fijará el horario en que debe funcionar la oficina a los efectos jurisdiccionales.

   En los días feriados habilitados proveerá el Presidente de la Corporación.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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