APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO II - NORMAS DE ORGANIZACIÓN
Título I - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 1 - Del Tribunal de lo Contencioso Administrativo

Artículo 7

   (Organización).- La Presidencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo se ejercerá por turno anual rotativo entre sus miembros, según el orden de antigüedad en el cargo.

   El turno comenzará con la apertura de los Tribunales.

   En caso de vacancia, licencia, recusación o impedimento, la Presidencia será desempeñada provisoriamente por el Ministro de mayor antigüedad en el cargo. A igual antigüedad entre dos o más Ministros, el Tribunal resolverá.

   Los Ministros precederán entre sí, en el mismo orden.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
Ayuda