APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO II - NORMAS DE ORGANIZACIÓN
Título I - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 1 - Del Tribunal de lo Contencioso Administrativo

Artículo 8

   (Funcionamiento).- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo tendrá dos Secretarios Letrados y los demás funcionarios que la ley determine.

   Corresponde al Tribunal nombrar, promover y destituir por sí a dichos Secretarios y funcionarios mediante el voto conforme de cuatro de sus componentes, según lo dispuesto en los artículos 58 a 66 de la Constitución en lo que corresponda.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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