APROBADO POR DECRETO LEY Nº 15.242




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.242 de 08/01/1982.

Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.

LIBRO PRIMERO - PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO MINERO
TITULO III - REGIMEN LEGAL DE LA MINERIA
CAPITULO X
DE LA RESERVA MINERA

Artículo 56

   Las resoluciones del Poder Ejecutivo disponiendo las reservas mineras
así como el cese de las mismas, deberán ser publicadas: en el "Diario
Oficial"; en dos diarios de la Capital y en un diario del departamento
donde se encontrare radicada la reserva. (*)
Referencias al artículo
Ayuda