APROBADO POR DECRETO LEY Nº 15.242




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.242 de 08/01/1982.

Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.

LIBRO SEGUNDO - REGULACION DE LA ACTIVIDAD MINERA
SEGUNDA PARTE - DISPOSICIONES ESPECIALES
TITULO II - REGIMEN DE LOS YACIMIENTOS DE LA CLASE II
CAPITULO IV

Artículo 82

   El Poder Ejecutivo realizará la selección del titular, considerando las
propuestas presentadas. La selección se fundará en la apreciación de las
seguridades y garantías que proporcione el futuro titular de una
explotación racional, acorde con el mejor aprovechamiento económico del
yacimiento. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 84.
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