Código Penal N° 9155
APROBADO POR LEY N° 9.155
Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
(Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.
APENDICE NORMATIVO
LIBRO I - PARTE GENERAL
TITULO VIII - DE LA EXTINCION DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS
CAPITULO I - DE LA EXTINCION DEL DELITO
Artículo 124
(Declaración de oficio)
La prescripción será declarada de oficio aún cuando el reo no la
hubiere alegado.
Ayuda