APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO II
TITULO V - DE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA
CAPITULO III - EVASION Y QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA

Artículo 190

   (Asimilación de los condenados que se hallan trabajando fuera del
establecimiento) 
   Las disposiciones precedentes se aplican igualmente, tratándose de la
evasión de los condenados a penitenciaría, y de los delincuentes sujetos
a medidas de seguridad, que se hallaren autorizados a trabajar fuera del
establecimiento.
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