LIBRO II TITULO V - DE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA CAPITULO IV - PREVARICATO
Artículo 195
(Circunstancias agravantes)
Constituyen circunstancias agravantes especiales:
1. Que el hecho se haya efectuado por el culpable, mediante colusión
con la contraparte.
2. Que el hecho se haya efectuado en perjuicio de sujeto sometido a un
proceso criminal.