APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO II
TITULO X - DE LOS DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL ORDEN DE LA FAMILIA
CAPITULO I - DE LA SUPOSICION Y DE LA SUPRESION DE ESTADO CIVIL

Artículo 262

   (Del estado civil amparado por la ley)
   El estado civil que amparan las precedentes disposiciones, es tanto el 
legítimo como el natural, legalmente establecido.

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