TITULO XI - DELITOS CONTRA LA LIBERTAD CAPITULO III - DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL SECRETO
Artículo 297-TER
(Interceptación ilícita).- El que sin autorización y sin justa causa intercepte, interrumpa o interfiera por medios técnicos, datos informáticos en transmisiones no públicas, dirigidas a un sistema informático, sean originadas en un sistema informático o efectuadas dentro del mismo, incluyendo las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que transporte los mismos, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 20.327 de 23/08/2024 artículo 6.