APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO I - PARTE GENERAL
TITULO IV - DEL CONCURSO DE DELITOS Y DELINCUENTES
CAPITULO I - DE LA REITERACION

Artículo 56

   (La concurrencia fuera de la reiteración)
   Los delitos que sirven de medio o facilitan, permiten sacar provecho
o se ejecutan para facilitar u ocultar otros delitos, cuando no se hallan
contemplados en la ley como circunstancias constitutivas o agravantes del
delito central, se juzgan con sujeción al artículo 54.
Referencias al artículo
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