LIBRO I - PARTE GENERAL TITULO V - DE LAS PENAS CAPITULO II - DE SUS LIMITES, NATURALEZA Y EFECTOS
Artículo 81
(Penas accesorias a la de penitenciaría)
La pena de penitenciaría lleva consigo las siguientes:
1. Inhabilitación para cargos, oficios públicos, derechos políticos,
por el tiempo que dure la condena.
2. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesiones
académicas, durante el mismo tiempo.
3. Pérdida de la patria potestad e incapacidad para administrar
bienes, por igual plazo.