LIBRO I - PARTE GENERAL TITULO V - DE LAS PENAS CAPITULO III - DE SU APLICACION
Artículo 85
(Nulla poena sine lege. Nulla poena sine judicio)
No podrá ejecutarse pena alguna sino en virtud de sentencia, emanada
de los jueces en cumplimiento de una ley, ni hacerse sufrir de distinta
manera que como ella lo ha establecido.