LIBRO I
DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO V - DE LA ACTIVIDAD PROCESAL
CAPÍTULO I - REQUISITOS DE LOS ACTOS PROCESALES
Artículo 106
(Remisión). Se aplicarán al proceso penal las disposiciones del Libro I, Título VI, Capítulo I, Secciones I, II, III y VI del Código General del Proceso, en lo pertinente, con las exclusiones y modificaciones que se expresan en los artículos siguientes.
(Del requerimiento de firma).- Aclárase que en los supuestos en los cuales la ley procesal penal requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma electrónica (Ley N° 18.600, de 5 de noviembre de 2009). Este principio es aplicable a los casos en que la ley establece la obligación de firmar o prescribe consecuencias para su ausencia. (*)
(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Ley Nº 19.831 de 18/09/2019 artículo 20.
Ver en esta norma, artículo:403 (vigencia).